El Presente Plan de Emergencia y Evacuación tiene por objetivo preparar a la Comunidad de un edificio
ante la eventualidad de una emergencia, en particular producto de un incendio.
Por lo general, la elaboración de este tipo de documentos puede también contar con la asesoría de algún
experto en seguridad, prevencionista de riesgos, o integrante del Cuerpo de Bomberos.
El siguiente Plan contempla la siguiente información:
- Identificar las Vías de Evacuación y Zonas de Seguridad de un edificio
- Establecer los Tipos y Modalidades de Evacuación
- Coordinar con Bomberos y otras entidades la labor durante un emergencia
- Establecer qué condiciones se deben dar para retornar al edificio
Cabe señalar que, de acuerdo a la Ley, el responsable de la confección de este Plan de Emergencia es el
Comité de Administración y su aprobación debe ser ante una asamblea extraordinaria, citada
especialmente para este efecto. (Título III, Artículo 36°, Ley 19.537).
Como lo establece la Ley, el Plan de Emergencia junto con los planos del edificio detallados según
necesidad, serán actualizados anualmente por la Administración respectiva y copia del mismo, junto
con los planos, serán entregados a la unidad de Carabineros y Bomberos más cercana, las que
podrán hacer llegar al Comité de Administración, las observaciones que estimaren convenientes.
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